Análisis de Mateo 24:12-13
Lo primero que tenemos que tener en cuenta para entender ese texto, es
el contexto en el que se encuentra dicha declaración. Y el contexto es la
semana setenta de Daniel que aún resta cumplirse, periodo que será una
extensión del antiguo Pacto de la Ley, promulgado en el Monte Sinaí.
Y AHORA VAYAMOS POR UN MOMENTO AL CAPÍTULO 4 DE APOCALIPSIS, DONDE SE
NOS REVELA LO QUE SUCEDERÁ DESPUÉS DE LAS COSAS QUE PERTENECIERON A LA ERA DE
LA IGLESIA, ES DECIR, DESPUES DEL TIEMPO DE LA GRACIA.
Apocalipsis capítulo 4:1-5
1 Después de esto miré, y he aquí una puerta abierta en el cielo; y la
primera voz que oí, como de trompeta, hablando conmigo, dijo: Sube acá, y yo te
mostraré las cosas que sucederán después de estas. 2 Y al instante yo estaba en
el Espíritu; y he aquí, un trono establecido en el cielo, y en el trono, uno
sentado. 3 Y el aspecto del que estaba sentado era semejante a piedra de jaspe
y de cornalina; y había alrededor del trono un arco iris, semejante en aspecto
a la esmeralda. 4 Y alrededor del trono había veinticuatro tronos; y vi
sentados en los tronos a veinticuatro ancianos, vestidos de ropas blancas, con
coronas de oro en sus cabezas. 5 Y del trono salían relámpagos y truenos y
voces; y delante del trono ardían siete lámparas de fuego, las cuales son los
siete espíritus de Dios.
El Trono de Gracia es reemplazado por un trono de juicio del que emanan
truenos y relámpagos. Truenos y relámpagos que acompañaron a la promulgación de
aquel Pacto del Sinaí (Éxodo 19: 16-19).
Ya no hay un trono de Gracia al que durante todo el periodo de la gracia
se invitó a acercarse al creyente para encontrarse con un Sumo Sacerdote
misericordioso y compasivo (Hebreos 4: 14-16), sino un TRONO DE JUICIO. Esto
indica claramente que la Gracia ha concluido para dar comienzo a una extensión
del Antiguo Pacto condicional de la Ley. Un pacto condicional en donde hay un,
sí, de por medio. Y eso explica el porqué de la condicionalidad de la
salvación, pues se afirma que:
Mateo 24: 12-13 y por haberse multiplicado la maldad, el amor de muchos
se enfriará. Mas el que persevere hasta el fin, este será salvo.
Notemos el carácter condicional de la salvación, hay un, sí, de por
medio, lo cual constituye la antítesis del Nuevo Pacto que es incondicional, en
donde todo depende del poder y fidelidad de Dios para que los términos y
promesas de dicho pacto se alcancen.
Decíamos entonces, que, concluida la gracia, concluyen también las
gloriosas provisiones del Nuevo Pacto, en donde ya no habrá:
1) Regeneración (Tito 3:5)
2) Ya no habrá sello del Espíritu Santo (Efesios 1: 13-14).
3) Ya no habrá Bautismo del Espíritu Santo (1 de Corintios 12:13)
4) Ya no habrá un Sumo Sacerdote intercediendo por cada creyente
5) Ya no habrá la gloriosa provisión del Espíritu Santo intercediendo
desde dentro de cada Creyente (Romanos 8;26-27).
Todas las cuales son solo algunas de las bendiciones que cesarán al finalizar
el período de la Gracia, para así dar comienzo a una extensión del Pacto de la Ley.
Y quienes se salven en ese período de 7 años, se salvarán de la misma forma que
se salvaron los escogidos del Antiguo Testamento, en donde aún en medio de un
Pacto Condicional, Dios atraía a los escogidos (Salmo 65:4) y les atribuía
justicia sin obras (Romanos 4: 6-8), y tenía que ser así, por cuanto nadie
absolutamente nadie, podía cumplir los términos de ese pacto condicional.
HASTA AQUÍ, HEMOS DEMOSTRADO QUE ES ABSOLUTAMENTE ANTI BIBLICO AFIRMAR
QUE EN ESTE PERÍODO DE LA GRACIA SE PUEDE ENFRIAR EL AMOR DE UN CREYENTE. Es
claro y evidente que tal situación solo puede ser aplicada a un período en el
que no existirán las provisiones del Nuevo Pacto.
HAY VARIOS MOTIVOS POR LOS CUALES SE PUEDE INCURRIR EN UNA
INTERPRETACION TAN ABSOLUTAMENTE ANTI BIBLICA DE MATEO 24:12.
La primera razón y posiblemente la más frecuente, es que se trata de
desconocimiento de las Escrituras. La segunda razón es que el aplicar ese texto
en esta dispensación de la Gracia, constituye una forma de manipulación, y lo
tercero es que detrás de tal tergiversación de la verdad, está la acusación
satánica hacia verdaderos creyentes, en su intento de sembrar dudas sobre su
estado salvífico.
LO ÚLTIMO QUE NOS RESTA ANALIZAR ES LO QUE SÍ, PUDIERA SUCEDER ANTE LA
NEGLIGENCIA DE UN CREYENTE EN ESTA DISPENSACION ACTUAL.
Respecto al creyente se dice que: En el caso de quien ejerce un
ministerio, si dejase su primer amor podría significarle, no la perdida de la
salvación, pero si la pérdida del ministerio; y es precisamente a eso que se
refiere El Señor Jesucristo cuando le advierte al pastor de la iglesia de Éfeso
de que si no se arrepiente y vuelve al primer amor, podría ser quitado el
candelero de su lugar (Apocalipsis 2: 5) notemos que el candelero no es El
Espíritu Santo morando en el creyente sino, la iglesia (Apocalipsis 1:20), es
decir, podría perderse el ministerio.
Lo segundo que podría ocurrir respecto a un creyente en esta
dispensación, es que por su negligencia en cuanto a confesar el pecado, y el
tolerar el pecado, contriste al Espíritu Santo (Efesios 4:30) en este caso,
esto trae como consecuencia que el creyente sea disciplinado (Salmo 39:11)
pudiendo llegar al extremo de tener que ser levantado como pámpano, siendo
disciplinado con la muerte (1 de Corintios 11: 30-32).
Y lo tercero que pudiera suceder en esta era de la Gracia, es que el
creyente apague el Espíritu por negarse a hacer lo que Dios nos está llamando a
hacer negándonos a nosotros mismos. Apagamos El Espíritu cuando no hacemos la
voluntad de Dios, toda vez que conociendo la voluntad de Dios nos negamos a
hacerla, apagamos El Espíritu que mora en nosotros.
En ninguna de las tres situaciones descritas, El Espíritu Santo abandona
al creyente, porque todo creyente de esta dispensación está sellado para el día
de la redención, y dicho sello constituye el “Arras” es decir la garantía de
parte de Dios de que se recibirá el resto de la herencia, pues escrito esta:
Efesios 1:13-14 En él también vosotros, habiendo oído la palabra de
verdad, el evangelio de vuestra salvación, y habiendo creído en él, fuisteis
sellados con el Espíritu Santo de la promesa, 14 que es las arras de nuestra
herencia hasta la redención de la posesión adquirida, para alabanza de su
gloria.
Soli deo Gloria.
Nota: Este material se puede distribuir y publicar con toda
libertad siempre y cuando se respete el autor.
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